Cuánto es el IVA de la vivienda
Cuando hablamos del IVA en la vivienda, es fácil pensar que hay un único porcentaje, pero la realidad es mucho más interesante. En España, el tipo de IVA que se paga depende totalmente de la operación que vayas a realizar.
Para que te hagas una idea rápida, la compra de una vivienda de obra nueva lleva un IVA del 10%. Sin embargo, si lo que tienes en mente es una reforma, el panorama cambia: puedes encontrarte con un tipo reducido del 10% o el general del 21%, todo en función de las características del proyecto.
Entendiendo el IVA de la vivienda desde el principio
La pregunta «¿cuánto es el IVA de la vivienda?» nos la hemos hecho todos alguna vez. La clave para no liarse es tener claro que no hay una respuesta única. El impuesto varía según el contexto, y entenderlo bien es fundamental.
No es lo mismo comprar una casa a estrenar directamente al promotor que reformar el baño de tu piso de toda la vida. Cada escenario tiene su propia fiscalidad, y conocer las reglas del juego de antemano te evitará sorpresas y, sobre todo, te ayudará a gestionar mejor tu presupuesto.

Para ponértelo fácil, hemos preparado una tabla que resume los distintos tipos de IVA que te puedes encontrar. Es una especie de chuleta fiscal para que identifiques tu caso de un solo vistazo.
Resumen de los tipos de IVA aplicables a la vivienda
| Tipo de operación | Tipo de IVA aplicable | Cuándo se aplica |
|---|---|---|
| Compra de vivienda nueva | 10% (Reducido) | Al comprar una casa directamente al promotor (lo que se conoce como primera entrega). |
| Reformas y reparaciones | 10% (Reducido) | En obras de renovación y reparación de tu vivienda habitual, siempre que se cumplan ciertos requisitos. |
| Reformas y servicios | 21% (General) | En reformas que no cumplen las condiciones para el tipo reducido o para servicios profesionales específicos (arquitecto, decorador, etc.). |
| Compra de segunda mano | 0% (No aplica IVA) | Aquí no se paga IVA, sino el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que varía según la comunidad autónoma. |
Como ves, la tabla deja clara una distinción fundamental. Mientras que el IVA en la compra de obra nueva está bastante claro (10%), el mundo de las reformas es donde surgen más dudas. Y es justo aquí donde una buena planificación puede ahorrarte un buen pico.
Por ejemplo, si estás pensando en un proyecto en Barcelona, un equipo de profesionales sabe cómo estructurar el presupuesto y la obra para que puedas acogerte al IVA reducido del 10%, optimizando cada euro de tu inversión. Si quieres ver un ejemplo práctico, puedes echar un vistazo a cómo se desglosa el presupuesto para la reforma de un baño y entender el impacto real de cada porcentaje en el coste final.
Por qué pagas IVA en una casa de obra nueva pero ITP en una de segunda mano
Una de las dudas más comunes al comprar una vivienda tiene que ver con los impuestos. ¿Por qué una casa a estrenar paga IVA y una usada no? La respuesta es bastante lógica y se resume en una sola pregunta: ¿quién te vende la propiedad?
Para que quede más claro, vamos a usar una analogía muy sencilla: la compra de un coche. Si te llevas un vehículo nuevo del concesionario, que es una empresa, en la factura verás que se incluye el IVA. Es una operación comercial pura y dura.
Ahora bien, si unos años más tarde le compras ese mismo coche a un amigo o a cualquier otro particular, la cosa cambia. En esa transacción no hay IVA. Lo que sí tendrás que pagar es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que es el tributo diseñado para las compraventas entre particulares.
Este mismo esquema es el que funciona en el sector inmobiliario. La clave de todo está en la naturaleza del vendedor.
Es el vendedor quien marca el impuesto, no la casa
La gran diferencia reside en si quien vende es un profesional (un promotor, un constructor) en el ejercicio de su negocio o si es un particular que vende su propia casa.
- Vivienda de obra nueva: Aquí el vendedor es un promotor o una constructora. Como es una empresa que está realizando una actividad económica, la venta está sujeta a IVA. La ley establece que esta «primera entrega» de una vivienda tributa al 10% de IVA (en la península y Baleares).
- Vivienda de segunda mano: El vendedor suele ser un particular que en su día compró esa casa. Como no está realizando una actividad empresarial, esta «segunda transmisión» no lleva IVA. En su lugar, entra en juego el ITP, un impuesto cuya gestión y porcentaje depende de cada comunidad autónoma.
Así que, en realidad, no es la antigüedad de la casa lo que determina el impuesto, sino quién te la vende. Y esta distinción es fundamental, porque afecta directamente al coste total de la operación.
Saber quién vende es el primer paso para calcular correctamente los gastos fiscales de la compra. Si tratas con un promotor, pagarás IVA; si es con un particular, pagarás ITP. No hay más.
Entender esta diferencia te evitará sorpresas desagradables durante el proceso. Con una vivienda nueva, el IVA es un coste fijo y fácil de prever. En cambio, si la casa es de segunda mano, tendrás que investigar qué tipo de ITP se aplica en tu comunidad autónoma, porque puede variar bastante de una región a otra y cambiar de forma importante el dinero que necesitarás para cerrar la compra.
El IVA reducido del 10% en las reformas de tu hogar
A la hora de reformar tu casa, que es sin duda una de las inversiones más importantes que harás, entender bien cómo van los impuestos puede suponer un ahorro considerable. Y aquí viene la buena noticia: en la mayoría de los casos, no tienes por qué pagar el IVA general del 21%. Existe un tipo reducido del 10%, pensado precisamente para las obras de renovación y reparación en viviendas.
Claro que este beneficio fiscal no se aplica así como así. Para poder acogerte a él, tu proyecto tiene que cumplir una serie de requisitos bastante específicos que marca la normativa. Conocerlos es clave para planificar tu reforma con cabeza y evitarte sorpresas en la factura final.
Vamos a desgranar esas tres condiciones indispensables que debes cumplir para que tu reforma tribute al 10% de IVA y no al 21%.
Los tres requisitos clave para el IVA reducido
Para que Hacienda te permita aplicar el tipo reducido del 10% en la factura de la reforma, es fundamental que se cumplan estas tres condiciones a la vez. Si falla una, aunque sea por poco, la factura pasará automáticamente al tipo general del 21%.
- Antigüedad de la vivienda: La casa o piso debe tener al menos dos años de antigüedad desde que se construyó o desde su última gran rehabilitación. Con esto, lo que se busca es incentivar la mejora de las viviendas que ya existen.
- Uso particular: La reforma debe ser para tu vivienda habitual o para una que uses de forma particular. Quedan fuera los locales comerciales, las oficinas o cualquier inmueble que se destine a una actividad económica.
- El coste de los materiales: Este es el punto más técnico y donde muchos se lían. El valor de los materiales que aporta la empresa que hace la obra no puede superar el 40% del coste total (de la base imponible, para ser exactos).
En pocas palabras: para que te apliquen el 10% de IVA, la reforma tiene que ser en una vivienda particular con más de dos años, y la mano de obra debe suponer, como mínimo, el 60% del presupuesto total.
Este último punto es crucial. Básicamente, obliga a que el valor del trabajo de los profesionales (albañiles, fontaneros, electricistas…) sea bastante más alto que el de los materiales que ellos mismos instalan. Por eso, una gestión de proyecto inteligente, como la que hacemos en Arqpro, es vital para estructurar la factura de manera que cumpla con la ley y te permita ahorrar. Si te interesa profundizar en este tema, tenemos una guía muy completa sobre el IVA en las reformas de viviendas.
Este pequeño esquema visual te ayudará a entender la diferencia entre cuándo se aplica IVA y cuándo ITP, que es una de las dudas más habituales.

Como ves, todo depende de quién te vende la propiedad. Si es un promotor, pagarás IVA; si es otro particular, te tocará el ITP.
Un impuesto que ha evolucionado con el tiempo
El tipo reducido del 10% no ha estado siempre ahí. Su historia va muy ligada a la situación económica del país. En el mundo de las reformas, este IVA reducido se aplica a lo que se conoce como «ejecuciones de obra», un beneficio directo para empresas que, como Arqpro, gestionan proyectos llave en mano.
Para que te hagas una idea, este impuesto empezó siendo de un 6% en 1986. Luego subió al 7% en 1995, pasó al 8% en 2010 y, finalmente, se fijó en el 10% actual en 2012. Estos cambios casi siempre han respondido a la necesidad del Estado de recaudar más en tiempos de crisis.
Calculando el impacto real del IVA en tu reforma
Hablar de porcentajes está muy bien, pero donde de verdad se entiende la importancia de cuánto es el IVA de la vivienda es cuando ves el número final en el presupuesto. Los números no mienten, y una diferencia de un 11% en impuestos puede decidir si un proyecto de reforma es viable o se queda en un sueño.
Vamos a dejar la teoría a un lado y a ponerle cifras reales para que veas el impacto directo en tu bolsillo.

Imagina que te lanzas a hacer una reforma integral en tu piso del Eixample, aquí en Barcelona. El presupuesto base, antes de sumar ningún impuesto, es de 40.000 €. Ahora veamos cómo bailan las cifras según el tipo de IVA que se aplique.
El IVA del 10% frente al 21% en números reales
Cuando estás metido en una obra, cada euro cuenta. No es lo mismo sumar 4.000 € de impuestos que más del doble. La diferencia es tan grande que puede determinar si puedes permitirte esos acabados de mayor calidad que tenías en mente o si tienes que buscar alternativas más económicas.
Por eso, un presupuesto bien estructurado es la clave para poder acogerte al tipo reducido. Contar con profesionales que conocen la normativa al detalle es una inversión en sí misma, ya que se aseguran de que cada partida cumpla los requisitos para optimizar la factura final.
Para que lo veas con total claridad, hemos preparado una tabla comparativa. Usaremos nuestro ejemplo de 40.000 € para ilustrar cómo cambia todo.
Impacto del IVA en un presupuesto de reforma de 40.000 €
| Concepto | Coste con IVA reducido (10%) | Coste con IVA general (21%) | Ahorro |
|---|---|---|---|
| Base imponible (coste sin IVA) | 40.000 € | 40.000 € | – |
| Importe del IVA | 4.000 € | 8.400 € | – |
| Coste total de la reforma | 44.000 € | 48.400 € | 4.400 € |
Como ves, la diferencia no es ninguna tontería. Simplemente por asegurarte de cumplir las condiciones para aplicar el IVA reducido, te estás ahorrando 4.400 €. Con ese dinero podrías, por ejemplo, renovar todos los electrodomésticos de la cocina, instalar un sistema de climatización más eficiente o, simplemente, guardarlo para imprevistos.
La diferencia entre un presupuesto bien planificado y uno que no lo está puede ser de miles de euros. No se trata solo de la calidad de la obra, sino de una gestión fiscal inteligente que maximiza el valor de tu inversión.
Este ejercicio demuestra que la planificación lo es todo. Exigir un presupuesto detallado y transparente no es una manía, es una necesidad para tener el control. Si te interesa profundizar, puedes consultar nuestra guía completa sobre el IVA en las reformas de viviendas, donde exploramos todos los matices.
Al final, un buen asesoramiento te guía tanto en el diseño como en los números, garantizando que tu proyecto sea un éxito en todos los sentidos.
Un viaje en el tiempo: la evolución del IVA de la vivienda
Los impuestos que pagamos hoy no han salido de la nada. Son el resultado de décadas de ajustes económicos, decisiones políticas y cambios sociales. Para entender por qué el IVA de una vivienda nueva es del 10% o el de una gran reforma puede llegar al 21%, merece la pena echar la vista atrás. Este pequeño viaje al pasado nos da una perspectiva mucho más clara de la situación actual.
El IVA, o Impuesto sobre el Valor Añadido, es en realidad un impuesto bastante moderno en nuestro país. Su llegada está directamente ligada a la entrada de España en el proyecto europeo y supuso una auténtica revolución para el sistema tributario, afectando de lleno al sector inmobiliario.
El pistoletazo de salida: el nacimiento del IVA
Todo arranca el 1 de enero de 1986. Ese día, coincidiendo con la adhesión de España a la Comunidad Económica Europea, el IVA vino a sustituir al antiguo Impuesto sobre el Tráfico de Empresas (ITE). Los primeros tipos que se aplicaron eran bastante más bajos que los actuales: un tipo general del 12% y uno reducido del 6%. La idea era que la transición no fuera un shock demasiado grande para la economía ni para los bolsillos de la gente.
Durante los años 90, la economía española se movió mucho, y con ella, los impuestos. Para 1995, esos tipos ya habían escalado al 16% general y al 7% reducido. Se empezaba a dibujar una tendencia al alza que, como veremos, se consolidaría en las décadas siguientes. Si te pica la curiosidad, puedes consultar la historia completa de la evolución del IVA en España para ver el detalle de cada cambio.
Las crisis económicas, el gran acelerador de las subidas
El punto de inflexión más importante llegó con la crisis financiera de 2008. De repente, el Estado necesitaba recaudar más y de forma urgente. Esta necesidad se tradujo en medidas fiscales drásticas que notamos todos, especialmente a la hora de comprar una casa o hacer una reforma.
Las grandes crisis económicas han sido el principal motor de las subidas del IVA. Los momentos de dificultad han obligado a realizar ajustes fiscales que han redefinido por completo el coste de comprar o reformar una vivienda.
Esta situación provocó dos subidas muy seguidas y de gran calado:
- En 2010: El IVA general saltó al 18%, mientras que el reducido, que es el que nos interesa para obra nueva y ciertas reformas, subió al 8%.
- En 2012: Se produjo el último gran ajuste que se mantiene hasta hoy, fijando el tipo general en el 21% y el reducido en ese 10% que nos resulta tan familiar.
Entender de dónde vienen estos números nos ayuda a valorar la importancia de una buena planificación fiscal. Saber por qué pagamos lo que pagamos no es solo cultura general; es una herramienta para poder optimizar cada euro invertido, algo fundamental en proyectos donde contar con un equipo profesional marca toda la diferencia.
Errores comunes con el IVA de tu vivienda: cómo evitarlos
Gestionar el IVA en un proyecto inmobiliario, ya sea una compra o una reforma, puede parecer un campo de minas. Pero la realidad es que evitar los errores más típicos es más sencillo de lo que imaginas. Con un poco de planificación, no solo te ahorrarás dinero, sino también un montón de quebraderos de cabeza. La clave está en no dar nada por sentado y ser muy riguroso con los papeles.
Uno de los tropiezos más frecuentes es no pedir facturas o presupuestos que separen los conceptos. Si tienes un documento que mezcla el coste de los materiales con la mano de obra, te quedas sin argumentos para justificar el IVA reducido del 10%. Otro error de bulto es asumir que todos los trabajos de una reforma van a tener el mismo tipo de IVA.
Pasos clave para que no haya sorpresas con Hacienda
Para proteger tu inversión y asegurarte de que sacas el máximo partido fiscal a tu proyecto, te recomendamos seguir estos consejos prácticos. Son acciones sencillas, pero marcan la diferencia.
- Exige siempre presupuestos desglosados: Pide a los profesionales, como el equipo de Arqpro, que detallen cada partida. Necesitas saber negro sobre blanco cuánto se va en materiales y cuánto en mano de obra.
- Confirma qué tipo de IVA se aplica a cada cosa: No todos los servicios tributan igual. Mientras una reforma integral puede acogerse al 10%, trabajos más específicos como pintar, poner un parqué o los honorarios del arquitecto casi siempre llevarán el 21%.
- Guarda toda la documentación como oro en paño: Conserva cada factura, presupuesto y contrato. Son tu mejor defensa ante cualquier inspección y la única prueba que tienes para demostrar que cumples los requisitos del tipo reducido.
La fiscalidad siempre ha sido un pilar en el mercado inmobiliario español. De hecho, las viviendas ya representaban el 69,5% de los activos totales de los españoles en 2020. Aunque el IVA reducido del 10% es un gran aliado en rehabilitaciones importantes, el tipo general del 21% sigue presente en muchos servicios complementarios, reflejando una evolución fiscal que ha ido de la mano de los grandes ciclos de construcción del país. Si quieres profundizar, puedes consultar el historial de la fiscalidad en España y su impacto para entender mejor el contexto actual.
La mejor manera de evitar problemas es anticiparse. Un presupuesto claro y la confirmación del IVA antes de poner el primer ladrillo te darán tranquilidad y un control total sobre tus finanzas.
Al final del día, tomar decisiones bien informadas te protege a ti y a tu patrimonio. La diferencia entre un proyecto fiscalmente optimizado y otro que no lo está puede suponer miles de euros de ahorro.
Dudas frecuentes sobre el IVA en la vivienda
Vamos a despejar algunas de las preguntas más concretas que siempre surgen al hablar de los impuestos en un proyecto de vivienda. Te damos respuestas claras y directas para que sepas a qué atenerte.
Si construyo una piscina, ¿qué IVA se aplica? ¿El 10% o el 21%?
Aquí la norma es bastante clara: la construcción de una piscina casi siempre tributa al tipo general del 21% de IVA.
¿El motivo? Hacienda no la considera una obra esencial para la rehabilitación o mejora de la habitabilidad de la vivienda, sino más bien un elemento de ocio o recreativo. Así que, a efectos fiscales, no puede acogerse al tipo reducido.
¿Y si soy yo quien compra los materiales para la reforma?
Mucho cuidado con esto, porque es un error bastante común. Si decides comprar tú los materiales por tu cuenta y solo contratas a una empresa para la mano de obra, ese servicio tributará íntegramente al 21%.
Para poder beneficiarte del tipo reducido del 10%, es fundamental que sea la empresa que ejecuta la obra la que aporte los materiales. Además, el coste de esos materiales no puede superar el 40% del presupuesto total de la obra.
¿Qué IVA tienen las reparaciones en una comunidad de propietarios?
Depende mucho del tipo de trabajo que se realice. Las reparaciones puntuales y de mantenimiento, como arreglar una avería de fontanería, un problema eléctrico o cambiar una cerradura, suelen llevar el 21%.
Sin embargo, la cosa cambia si esos trabajos forman parte de un proyecto de rehabilitación más grande del edificio. Por ejemplo, si se está reformando la fachada, reforzando la estructura o mejorando la accesibilidad, esas obras sí podrían beneficiarse del tipo reducido del 10%, siempre que se cumplan todos los requisitos que marca la ley.
Ante la duda, nuestro mejor consejo es siempre el mismo: consulta con profesionales. Contar con una gestión experta no solo te da la tranquilidad de un trabajo bien hecho, sino que también te ayuda a optimizar cada euro de tu inversión desde el punto de vista fiscal.