La guía definitiva sobre iva en reformas viviendas
Cuando te planteas una reforma, una de las primeras preguntas que surge es: ¿qué IVA voy a pagar? En España, el IVA en las reformas de viviendas puede ser del 21% o, si cumples ciertos requisitos, de un tipo reducido del 10%. Saber cuál te corresponde es fundamental para no llevarte sorpresas y ajustar tu presupuesto con realismo desde el minuto cero.
El IVA en tu reforma, explicado de forma sencilla
Imagina que el IVA es la última etiqueta de precio que se añade a tu proyecto. Así como no todos los productos en una tienda tienen el mismo impuesto, las obras en casa tampoco. En España, existen dos tipos, y la diferencia entre aplicar uno u otro puede suponer un ahorro de miles de euros. No es algo que puedas elegir, sino que depende de unas reglas muy claras que marca la Agencia Tributaria.
El tipo general del 21% es el que se aplica por defecto a casi todo, y las reformas no son una excepción. Sin embargo, para animar a la gente a mejorar sus casas, el Gobierno ofrece una ventaja fiscal muy interesante.
El IVA reducido del 10% es, en esencia, un incentivo para los propietarios que quieren mejorar su vivienda habitual. Cumplir las condiciones no solo te permite ahorrar, sino que también asegura que tu proyecto se ajusta a la normativa y que el coste final es el más justo.
Entender esta doble posibilidad es el primer paso para tener el control total de tu presupuesto. La clave está en saber si tu proyecto encaja en los supuestos que te dan acceso a ese tipo reducido, una decisión que, como verás, tiene un impacto directo y muy significativo en tu inversión.
¿Por qué hay dos tipos de IVA diferentes?
La razón es simple: responde a objetivos fiscales, pero también sociales. El 21% es la norma, pero el 10% se reserva para casos que el Estado quiere fomentar, como es la mejora de la vivienda principal de las familias. Con esta medida se busca que sea más asequible hacer nuestras casas más seguras, más eficientes energéticamente y, en definitiva, más confortables.
Para que lo veas más claro, hemos preparado una pequeña tabla que resume las diferencias clave.
Comparativa rápida IVA General vs IVA Reducido en reformas
Esta tabla resume las diferencias clave entre el tipo de IVA general y el reducido para que puedas identificar rápidamente cuál podría aplicarse a tu proyecto de reforma.
| Característica | IVA General (21%) | IVA Reducido (10%) |
|---|---|---|
| Aplicación | Es el tipo estándar, el que se aplica por defecto en la mayoría de obras y servicios de reforma. | Solo se aplica si se cumplen condiciones muy específicas sobre la vivienda y quién la posee. |
| Impacto en el coste | Incrementa de forma notable el presupuesto final del proyecto. | Supone un ahorro directo del 11% sobre la base imponible en comparación con el tipo general. |
| Condiciones | Se aplica cuando no se cumplen los requisitos para el reducido (ej: obras en locales, para empresas, etc.). | La vivienda debe ser para uso particular, tener más de 2 años y que los materiales no superen el 40% del coste total. |
| Objetivo | Gravar el consumo de servicios de construcción de forma general. | Incentivar la renovación y mejora de la vivienda habitual de las personas físicas. |
Como ves, entender estas diferencias es crucial. Ahora vamos a ver en detalle cuáles son exactamente esas condiciones que tienes que cumplir para poder beneficiarte del IVA en reformas de viviendas al 10%.
Los requisitos para aplicar el IVA reducido del 10%
Saber que te puedes ahorrar un buen pellizco en el IVA de una reforma es una gran noticia. Pero, para acceder a ese deseado 10 %, hay que cumplir una serie de condiciones muy específicas que marca la Agencia Tributaria. No es algo que se aplique por defecto; imagínalo como una combinación de tres cerrojos que deben abrirse para conseguir el descuento.
Si falla uno solo de ellos, la factura de la obra llevará el tipo general del 21 %. Por eso, es fundamental entender bien cada requisito. Vamos a desgranarlos uno por uno, con un lenguaje claro y ejemplos del día a día para que no te quede ninguna duda.
Para que te hagas una idea rápida de si tu proyecto cumple los requisitos, aquí tienes un árbol de decisión muy visual.

Como ves en el gráfico, el camino hacia el 10 % de IVA depende de que puedas responder "sí" a unas cuantas preguntas clave sobre tu casa y la obra que quieres hacer.
Requisito 1: La vivienda debe ser para uso particular
El primer punto, y el más sencillo de cumplir, es que la obra sea para una persona física. Es decir, para ti, no para una empresa o un autónomo que vaya a utilizar la vivienda para su negocio. Además, la casa reformada tiene que estar destinada a uso particular.
¿Qué quiere decir esto? Que cumples el requisito si la reforma es en:
- Tu vivienda habitual.
- Una segunda residencia que usas para las vacaciones.
- Un piso que tienes alquilado a un tercero para que viva en él.
En estos casos, no hay problema. Ahora bien, si la reforma es para una oficina, un local comercial o una vivienda que explotas como alquiler turístico profesional, se aplicará siempre el 21 % de IVA.
Requisito 2: La vivienda debe tener más de dos años de antigüedad
El segundo filtro tiene que ver con la edad del inmueble. Para poder aplicar el IVA reducido del 10 %, la construcción de la vivienda tiene que haber terminado al menos dos años antes de que comiencen las obras de reforma.
La lógica detrás de esta norma es incentivar la mejora y el mantenimiento de las casas que ya existen, en lugar de beneficiar a obras en propiedades nuevas que, en teoría, no necesitan este tipo de intervenciones.
Por ejemplo, si compraste un piso de obra nueva y te dieron las llaves en enero de 2023, no podrías beneficiarte del IVA reducido para una reforma que empezaras antes de enero de 2025.
Requisito 3: El coste de los materiales no puede superar el 40% del total
Aquí viene el requisito más técnico y el que suele generar más líos. Para que la obra tribute al 10 %, el coste de los materiales aportados por la empresa que hace la reforma no puede superar el 40 % de la base imponible total del proyecto.
¿Y esto qué significa? La ley entiende que una reforma es, sobre todo, un servicio (mano de obra, conocimiento técnico, gestión) y no una simple venta de materiales. Si el valor de los materiales es muy alto en comparación con el resto, Hacienda lo considera más una compra de productos que una obra.
Vamos a verlo con un ejemplo práctico de una reforma de baño en Barcelona:
- Presupuesto total (base imponible): 8.000 €
- Coste de materiales aportados por Arqpro (sanitarios, grifería, azulejos, etc.): 3.000 €
- Coste de mano de obra y otros servicios: 5.000 €
Para saber si cumplimos, calculamos qué porcentaje representan los materiales:
(3.000 € / 8.000 €) x 100 = 37,5 %
Como 37,5 % está por debajo del límite del 40 %, este proyecto podría acogerse al IVA reducido del 10 % (siempre que cumpla también los otros dos requisitos, claro).
En Barcelona, este IVA reducido del 10 % ha sido un empujón clave para que miles de propietarios se animen a modernizar sus casas. La diferencia con el 21 % general supone un ahorro muy importante. Por ejemplo, en un proyecto para un piso de 70 m² a un precio medio de 800 €/m², la base sería de 56.000 €. Aplicar un 10 % de IVA en lugar de un 21 % se traduce en un ahorro de 6.160 €, ¡más de un 11 % del presupuesto total! Si quieres, puedes encontrar más detalles sobre el impacto de los costes en reformas en Barcelona.
Diferencias entre obra menor y rehabilitación estructural
A la hora de aplicar el IVA en las reformas de viviendas, no todas las obras juegan en la misma liga. Para Hacienda, hay un mundo entre lo que considera una "obra menor" y una "rehabilitación estructural". Aunque puedan sonar parecidas, fiscalmente son como el día y la noche. Piénsalo así: una es el camino habitual para renovar tu casa por dentro, mientras que la otra es una intervención mucho más profunda y con sus propias reglas.
Una obra menor es justo lo que te imaginas: cambiar la cocina, poner un baño nuevo, tirar un tabique o pintar el piso. Son esas reformas centradas en mejorar la estética o la funcionalidad de tu hogar sin meterse con el esqueleto del edificio. Para estas, se aplican las condiciones que ya hemos visto para el IVA del 10%: que la vivienda sea para uso particular, que tenga más de dos años y, por supuesto, el famoso límite de que los materiales no superen el 40% del presupuesto.
En cambio, cuando hablamos de una obra de rehabilitación, estamos entrando en un proyecto de una escala completamente diferente, uno que sí toca los elementos esenciales de la construcción.

¿Qué entiende Hacienda por "rehabilitación"?
La Agencia Tributaria no deja lugar a dudas y define con lupa qué es una obra de rehabilitación. Para que un proyecto se considere como tal y pueda beneficiarse del IVA reducido del 10% (cumpliendo sus propias condiciones, claro), debe satisfacer al menos uno de estos dos requisitos clave:
- Que el coste total de la obra supere el 25% del precio de compra del edificio (si lo compraste en los dos años anteriores a la obra) o de su valor de mercado justo antes de empezar.
- Que más del 50% del coste total del proyecto se dedique a trabajos muy concretos de consolidación o tratamiento de la estructura, las fachadas o las cubiertas.
Como ves, los criterios son mucho más estrictos. Están pensados para intervenciones de gran calado, no para una simple puesta a punto de los interiores.
La gran diferencia, en la práctica, está en el objetivo de la obra. Mientras una reforma menor actualiza y mejora el interior, una rehabilitación se centra en reforzar la estructura, la seguridad o la piel exterior del edificio.
Un caso práctico para entenderlo mejor en Barcelona
Para que veas la diferencia de forma clara, pongamos dos ejemplos muy típicos de la ciudad:
Caso 1: Reforma menor en un piso de Gràcia. Una familia quiere renovar por completo su cocina y el baño principal. El proyecto consiste en cambiar azulejos, muebles, tuberías y electrodomésticos. Para poder aplicar el IVA del 10%, su principal preocupación será asegurarse de que el coste de los materiales no se dispare y supere ese límite del 40% del total de la factura.
Caso 2: Rehabilitación de una finca en el Eixample. Una comunidad de vecinos decide restaurar la fachada modernista del edificio, que tiene elementos dañados. Además, van a reparar los balcones y reforzar la estructura de la cubierta. En este caso, es casi seguro que más del 50% del presupuesto se irá a estos trabajos estructurales. Por tanto, se considera una obra de rehabilitación y podrán aplicar el IVA del 10% si cumplen con los requisitos específicos para este tipo de proyectos.
Distinguir bien entre un tipo de obra y otro es fundamental. Un error al clasificar los trabajos puede llevar a aplicar un IVA incorrecto, y eso es una invitación a recibir una inspección de Hacienda y una posible sanción. Por eso es vital que la empresa que contrates tenga la experiencia para evaluar y facturar cada proyecto como toca, dándote total tranquilidad. En proyectos de esta envergadura, lo ideal es contar con un equipo que lo gestione todo de principio a fin, como hacemos en Arqpro con nuestros proyectos llave en mano.
Cómo se traduce el IVA en tu presupuesto: ejemplos reales
La teoría sobre el IVA en reformas de viviendas está muy bien, pero donde de verdad se nota su peso es en los números finales. Para que veas claramente cómo este impuesto afecta a tu inversión, vamos a meternos en faena con tres escenarios muy habituales en Barcelona.
Verás que un presupuesto transparente y bien desglosado no es un capricho, es tu mejor herramienta de control.

Escenario 1: La reforma integral con el IVA reducido asegurado
Ponte en la piel de una familia que quiere darle un giro de 180 grados a su piso en Sants, comprado hace cinco años. El proyecto es ambicioso: una reforma completa que modernice cada rincón, donde lo más importante es la calidad del trabajo de los profesionales.
Un presupuesto típico para este caso podría desglosarse así:
- Mano de obra (albañiles, fontaneros, electricistas, pintores): 28.000 €
- Materiales suministrados por la constructora: 16.000 €
- Base imponible total: 44.000 €
Ahora, la pregunta del millón: ¿podemos aplicar el IVA reducido? Hagamos la comprobación del peso de los materiales:
(16.000 € / 44.000 €) x 100 = 36,36%
¡Perfecto! El coste de los materiales no supera el límite del 40%. Como también se cumplen las otras dos condiciones (vivienda para uso particular y con más de dos años de antigüedad), el IVA que se aplica es del 10%.
- Cálculo del IVA (10%): 44.000 € x 0,10 = 4.400 €
- Coste total de la reforma: 44.000 € + 4.400 € = 48.400 €
Si no se cumplieran estos requisitos, el IVA sería del 21%, lo que elevaría la factura a 9.240 €. Gracias a conocer la normativa, el ahorro directo es de 4.840 €. Nada mal, ¿verdad?
Escenario 2: La reforma de cocina y baño jugando con el límite del 40%
Vamos con otro caso común: una pareja que decide renovar por completo la cocina y el baño de su piso en el Poblenou. En estas reformas parciales es donde la cosa se pone interesante, porque el coste de los materiales (muebles a medida, electrodomésticos de última generación, sanitarios de diseño) suele rozar el famoso límite del 40%.
Echemos un vistazo a sus números:
- Mano de obra y otros servicios: 15.000 €
- Materiales aportados por la empresa: 9.500 €
- Base imponible total: 24.500 €
Calculamos de nuevo la proporción de los materiales:
(9.500 € / 24.500 €) x 100 = 38,77%
¡Por los pelos! Aunque el porcentaje es alto, se mantiene por debajo del 40%. Esto demuestra lo crucial que es contar con una empresa que sepa gestionar y facturar los materiales de forma inteligente para no perder este beneficio fiscal.
Gracias a esa buena gestión, el cálculo final del IVA queda así:
- Cálculo del IVA (10%): 24.500 € x 0,10 = 2.450 €
- Coste total de la reforma: 24.500 € + 2.450 € = 26.950 €
El ahorro aquí es de 2.695 € frente a lo que hubieran pagado con el 21%. Para entender mejor cómo se organizan estos costes, te animamos a echar un vistazo a cuánto cuesta reformar un piso con ejemplos detallados.
Escenario 3: Cuando no hay más remedio que aplicar el 21%
Para terminar, un ejemplo totalmente distinto. Una empresa adquiere un piso en el Eixample con la idea de convertirlo en sus nuevas oficinas. Aunque la obra se realiza en una vivienda, el cliente no es una persona física y el uso que se le va a dar es profesional, no particular.
En una situación como esta, da igual cómo se repartan los costes. Uno de los requisitos clave para el IVA reducido queda invalidado desde el principio.
- Base imponible total de la obra: 60.000 €
- Tipo de IVA aplicable: 21% (el destinatario es una sociedad mercantil).
- Cálculo del IVA (21%): 60.000 € x 0,21 = 12.600 €
- Coste total de la reforma: 60.000 € + 12.600 € = 72.600 €
Este último caso lo deja meridianamente claro: entender las reglas del juego del IVA en reformas de viviendas no es una opción. Es un factor que puede mover tu presupuesto miles de euros arriba o abajo, y por eso una buena planificación y el asesoramiento profesional son tus mejores aliados desde el minuto uno.
Cómo te ayudamos a navegar el IVA de tu reforma
Gestionar bien el IVA en una reforma es una responsabilidad compartida, pero tener a un profesional de tu lado lo cambia todo. En Arqpro, sabemos que tu tranquilidad es tan importante como la calidad de los acabados, así que nos encargamos de que los impuestos no te den ni un solo dolor de cabeza.
Nuestro trabajo va más allá de tirar tabiques o instalar una cocina nueva. Se trata de construir un proyecto sólido desde el punto de vista financiero, sin grietas ni sorpresas en el camino.
Presupuestos cristalinos para optimizar cada euro
Todo empieza con un presupuesto desglosado hasta el último detalle. Nos aseguramos de que la separación entre el coste de la mano de obra y el de los materiales sea perfecta. Esto no es una manía nuestra; es la clave que abre la puerta al IVA reducido del 10% siempre que tu proyecto cumpla con las condiciones.
Nuestro objetivo es sencillo: que ahorres todo lo posible, siempre dentro de la ley. Al detallar cada partida, vemos desde el minuto uno si tu reforma puede beneficiarse del tipo reducido, y así te evitamos sustos en la factura final.
Un presupuesto transparente no es solo un gesto de honestidad. Es una herramienta estratégica para optimizar los impuestos de tu reforma y proteger tu inversión.
Además, si tu proyecto tiene un alcance claro, te pueden interesar nuestros servicios de reformas integrales en formato de "packs cerrados". Estos paquetes ya están pensados para aplicar el IVA correctamente, dándote un precio final cerrado y una previsibilidad total de lo que vas a gastar.
Supervisión constante para que nada se tuerza
Un buen presupuesto es el mapa, pero de poco sirve si durante el viaje nos desviamos. En una obra siempre pueden surgir imprevistos o cambios que alteren esa proporción mágica entre mano de obra y materiales. Una mala gestión en este punto podría hacer que, sin darte cuenta, superes el límite del 40% en materiales y pierdas el derecho al IVA reducido.
Para que eso no ocurra, supervisamos la obra de forma continua y rigurosa. Nuestros diseños 3D no solo te sirven para enamorarte del resultado final, sino que funcionan como una guía precisa para el equipo. Cada paso se alinea con lo que planeamos, protegiéndote de desviaciones que afecten al IVA y, por tanto, a tu bolsillo.
El terreno fiscal, además, no para de cambiar. Por ejemplo, algunas modificaciones fiscales recientes en Cataluña han afectado al sector al subir el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en ciertas operaciones, añadiendo más complejidad. Aunque una buena reforma puede revalorizar tu vivienda entre un 15% y un 25%, tener un buen asesoramiento es más crucial que nunca.
En Arqpro no solo construimos y reformamos. Te damos la seguridad de que cada pieza de tu proyecto, incluido el complejo mundo del IVA en reformas de viviendas, está bajo control profesional.
Preguntas frecuentes sobre el IVA en reformas
Ya hemos repasado los puntos más importantes del IVA en las reformas, pero es lógico que todavía te queden algunas dudas en el tintero. Son esas preguntas rápidas y concretas que aparecen justo cuando empiezas a hacer números y a planificar de verdad.
Por eso hemos creado esta sección: para que tengas a mano una chuleta con respuestas claras y directas a las preguntas que más nos hacen nuestros clientes. Tómatelo como una charla final con un experto para no dejar ni un cabo suelto y que puedas arrancar tu proyecto con total seguridad.
¿Qué pasa si compro yo mismo los materiales?
Esta es, sin duda, la pregunta del millón. Muchos piensan que comprar los materiales por su cuenta es un atajo para ahorrar, pero en lo que respecta al IVA, la jugada puede salir bastante cara.
Cuando vas a una tienda y compras los azulejos, el parquet o los sanitarios, lo haces como consumidor final. ¿Qué significa esto? Que siempre te van a cobrar el 21% de IVA por esos productos, sin ninguna excepción.
Además, al hacerlo, rompes el esquema que permite aplicar el IVA reducido. La empresa que te haga la obra solo te facturará la mano de obra, y aunque sobre ese servicio pueda aplicar el 10% (si se cumplen el resto de condiciones), habrás perdido la oportunidad de que los materiales también tributen a ese tipo reducido. El ahorro potencial se esfuma.
La clave que debes recordar: Para que los materiales puedan incluirse en la factura con un IVA del 10%, tiene que aportarlos la empresa que ejecuta la obra. Y, además, su coste no puede superar el 40% del presupuesto total (antes de impuestos). Si los compras tú, te sales de esta regla del juego automáticamente.
¿Puedo aplicar el IVA reducido si convierto un local en vivienda?
Transformar un local comercial en un flamante loft o apartamento es una opción cada vez más popular, sobre todo en ciudades como Barcelona. A nivel fiscal, es un caso muy interesante.
La normativa no lo considera una simple reforma, sino la "construcción" de una vivienda nueva. Y aquí viene la buena noticia: sí, se puede aplicar el IVA reducido del 10%. Esto ocurre porque el resultado final es crear un espacio habitable para personas. Las reglas son las de una promoción de viviendas, no las de una reforma, así que no tienes que preocuparte por el límite del 40% en materiales.
Para que todo sea correcto, necesitas dos cosas fundamentales:
- Contar con la licencia de obras que autorice ese cambio de uso.
- Que el destinatario final seas tú, una persona física, que va a usarlo como su vivienda.
Si contrato a un autónomo, ¿el IVA es el mismo?
Totalmente. El tipo de IVA no depende de si contratas a una gran constructora o a un profesional autónomo que trabaja por su cuenta. Lo único que importa es que esa persona esté dada de alta legalmente en su actividad y emita facturas en regla.
Si el autónomo cumple con la ley y tu proyecto cumple las condiciones que ya hemos visto (vivienda de uso particular, más de dos años de antigüedad, materiales por debajo del 40%), podrá aplicarte el IVA reducido del 10% sin ningún problema. La clave está en la legalidad y la correcta facturación, no en el tamaño de la empresa.
¿Qué papeles necesito para justificar el 10%?
Hacienda siempre puede pedir explicaciones para comprobar que el IVA reducido se aplicó correctamente. Aunque la responsabilidad principal es de la empresa que hace la factura, como propietario debes poder demostrar que cumplías tu parte.
No te preocupes, es muy sencillo. Normalmente, solo tienes que firmar una declaración escrita que le entregas al constructor. En ese papel, simplemente confirmas dos cosas:
- Que el inmueble donde se hace la reforma es tu vivienda particular.
- Que su construcción terminó hace más de dos años.
La empresa se quedará con ese documento por si algún día hay una inspección. Es un trámite simple que os da seguridad a ambos.
¿Y si la reforma es para la comunidad de vecinos?
Las obras en zonas comunes, como fachadas, tejados, portales o escaleras, también pueden disfrutar del IVA reducido del 10%. Las condiciones son muy parecidas a las de una reforma particular, pero pensadas para el conjunto del edificio.
Los requisitos principales son:
- Que se trate de obras de renovación o reparación, no de una rehabilitación estructural de gran calado (aunque estas últimas también pueden optar al 10% por otra vía).
- Que el coste de los materiales no supere el 40% del total.
- Que al menos el 50% de la superficie del edificio se destine a viviendas.
Así que, si en tu comunidad estáis pensando en pintar el patio de luces o impermeabilizar la azotea, es muy probable que podáis acogeros a este IVA reducido. Un buen respiro para el bolsillo de todos los vecinos.
En Arqpro, no solo nos obsesiona que tu reforma quede perfecta en diseño y ejecución; también nos aseguramos de que toda la gestión fiscal sea impecable y transparente. Contacta con nosotros y descubre cómo podemos ayudarte a optimizar hasta el último euro de tu presupuesto.